El factoring consiste en la cesión en firme con o sin derecho de regreso, y antes de su vencimiento- de un crédito comercial a corto plazo por parte de su titular a una firma especializada (que puede ser una entidad de crédito o una filial especializada). Originalmente el factoring era sin derecho de regreso, pero actualmente también se admite con derecho de regreso, aunque sigue prevaleciendo la primera
modalidad.
El factoring reúne varias operaciones en un contrato. En cualquier caso, algunas de estas operaciones son comunes a dos formas de
factoring:
·
El factoring sin recurso: adquisición de los créditos de una empresa contra sus clientes, sin recurso contra el cedente. ·
El factoring con recurso: descuento de los créditos. pero con cláusula "pro
solvendo".
El factoring tiene, generalmente, un coste mayor que la operación de descuento, porque en esta última, el banco no asegura el resultado final de la operación, sino que ante insolvencias del cliente, la empresa acreedora del derecho debe responder de la deuda.
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